El Decálogo (Ex 20,1-17)

San Ireneo fue el primero en usar la palabra Decálogo para referirse a las diez palabras (Ex 34,28; Dt 4,10; 19,4) que significan el texto de la alianza promulgado en el Sinaí y escritos en dos redacciones: Ex 20,2-17 y Dt 5,6-21). Las dos principales diferencias entre ambas son la distinta motivación para vivir el sábado (Ex 20,8-11 y Dt 5,12-15) así como el modo de dividir los mandamientos que prohíben los deseos ilícitos (Ex 20,17 y Dt 5,21). En efecto, si miramos la redacción Deuteronomista que diferencia el deseo de una mujer al deseo de cosas y propiedades y siguiendo la lógica interna que hace a las dos prohibiciones de adulterio y robo corresponder la prohibición de los dos deseos correlativos, tan diferentes en sí mismos, los católicos siguiendo a san Agustín agrupamos en un solo mandamiento la prohibición de tener otros dioses y la prohibición de hacer imágenes (Ex 20,3s; Dt 5,7s). Por el contrario los reformados, recurriendo a la enumeración de los padres griegos y de la Iglesia oriental, distinguen las dos primeras prohibiciones en dos mandamientos (de ahí la acusación de los iconoclastas a la Iglesia católica como si hubiéramos anulado un mandamiento para fomentar el culto a las imágenes) y unen en un solo mandamiento los dos deseos ilícitos.

Ahora bien si la estructura obedece a los pactos hititas según los cuales tras el mandato vienen las sanciones, el primer mandamiento agruparía las dos ideas de no tener otros dioses ni hacerse imágenes pues solo después vienen las sanciones. También conviene decir que la tradición judía en este punto coincide con la latina (aunque respecto del último mandamiento se diferencia un poco).

Para hablar de las diferentes colecciones legislativas del Pentateuco emplearemos las siguientes abreviaturas:

  1. CA = Código de la Alianza (Ex 20,22-23,19)

  2. DR = Código Ritual (Ex 34,10-26)

  3. CD = Código Deuteronómico (Dt 12-26)

  4. CS = Código de Santidad (Lv 17-25)

  5. MS = Maldiciones de Siquem Dt 27,15-26)

20, 1 Dios pronunció estas palabras: 2 «Yo soy Yahvé, tu Dios, que te he sacado del país de Egipto, del lugar de esclavitud.

3 No tendrás otros dioses fuera de mí.

4 No te harás escultura ni imagen alguna de lo que hay arriba en los cielos, abajo en la tierra o en las aguas debajo de la tierra.

5 No te postrarás ante ellas ni les darás culto, porque yo Yahvé, tu Dios, soy un Dios celoso, que castigo la iniquidad de los padres en los hijos hasta la tercera y cuarta generación de los que me odian, 6 pero tengo misericordia por mil generaciones con los que me aman y guardan mis mandamientos.

7 No pronunciarás el nombre de Yahvé, tu Dios, en falso; porque Yahvé no dejará sin castigo a quien pronuncie su nombre en falso.

8 Recuerda el día del sábado para santificarlo. 9 Seis días trabajarás y harás todos tus trabajos, 10 pero el día séptimo es día de descanso en honor de Yahvé, tu Dios. No harás ningún trabajo, ni tú, ni tu hijo, ni tu hija, ni tu siervo, ni tu sierva, ni tu ganado, ni el forastero que habita en tu ciudad. 11 Pues en seis días hizo Yahvé el cielo y la tierra, el mar y todo cuanto contienen, y el séptimo descansó; por eso bendijo Yahvé el día del sábado y lo santificó.

12 Honra a tu padre y a tu madre, para que se prolonguen tus días sobre la tierra que Yahvé, tu Dios, te va a dar.

13 No matarás.

14 No cometerás adulterio.

15 No robarás.

16 No darás testimonio falso contra tu prójimo.

17 No codiciarás la casa de tu prójimo, ni codiciarás la mujer de tu prójimo, ni su siervo, ni su sierva, ni su buey, ni su asno, ni nada que sea de tu prójimo.»

18 Todo el pueblo percibía los truenos y relámpagos, el sonido de la trompeta y el monte humeante, y temblando de miedo se mantenía a distancia. 19 Dijeron a Moisés: «Háblanos tú y te entenderemos, pero que no nos hable Dios, no sea que muramos.» 20 Moisés respondió al pueblo: «No temáis, pues Dios ha venido para poneros a prueba, para que tengáis presente su temor, y no pequéis.» 21 Y el pueblo se mantuvo a distancia, mientras Moisés se acercaba a la densa nube donde estaba Dios.

EL MANDAMIENTO FUNDAMENTAL (20,2-6; cf. Dt 5,5-10)

Esta primera parte del decálogo está compuesta por tres elementos:

  1. presentación de Dios y esbozo del prólogo histórico (2)

  2. se explicita lo mandado por medio de tres miembros

  3. finalmente la sanción: castigo para los transgresores y favores (hesed) para quien lo observe.

El prólogo histórico (2)

Nuevamente vemos la relación que se establece entre la liberación de Egipto y la propuesta de la alianza. Tiene lugar la presentación: Yo soy Yahvé, al modo de los tratados de alianza de carácter político en los que aparece al principio el nombre del soberano como expresión de su autoridad. Tu Dios expresa ya la relación que la alianza establece entre Dios y su pueblo.

El primer mandamiento (3-5a)

La formulación literal del v.3 es: no existirán para ti otros dioses ante mi (‘al panay). La expresión ‘al panay cuando va en una frase negativa como esta puede traducirse como fuera de mi (así está en el texto que presentamos), efectivamente decir que nadie debe estar cerca de mi es lo mismo que decir que el aquel lugar estoy yo solo y que nadie se encentra excepto yo. Así mismo ‘al panay (fuera de mi) tiene un matiz hostil como en Gn 16,22 donde se dice que Ismael habitará frente a sus hermanos, es decir, en contra de ellos y también puede tener un matiz de preferencia cuando se dice en Dt 21,16 que el marido que tenga dos mujeres no podrá dar el derecho de primogenitura al hijo de la amada frente al (‘al panay) hijo de la odiada que es el primogénito. La expresión para ti plantea la cuestión de si se niega la existencia de los otros dioses o si estos no deben existir para ti pues ya tienes a Yahvé (como si fuera otro dios, aunque un dios propio). ¿Se trata de monolatría o de monoteísmo? Si tenemos en cuenta el antiguo pensamiento hebreo que no se interesa por las esencias ni sustancias sino en criterios de acción, debemos suponer que si Yahvé es el único soberano, el único salvador, el único objeto de culto, es porque es considerado como el único Dios que existe en verdad. Se trata pues de un monoteísmo de formulación indirecta y aunque aún no refleja la pureza del monoteísmo profético (Jeremías o 2º Isaías) ya está en germen.

En el v.4 se formula un segundo aspecto de este mandamiento: la prohibición de las esculturas (pèsel) y de toda imagen (temûnâ) que pudiera significar un ser en el que se pensaba que habitaba la divinidad o que se incorporaba a él. Así se excluían las esculturas egipcias y cananeas como las imágenes que pretendieran representar a Yahvé. La arqueología confirma que jamás existió imagen alguna de Yahvé. Casos aislados de representación concreta son señalados en la Biblia como ilegítimos: el efod de Mika (Jue 17,4s; 18,24-30) y el de Gedeón (Jue 8,27), los becerros de betel y dan (1 Re 12,26-33). Aunque conviene aclarar que varió con el tiempo el criterio de interpretación de esta ley: así se permitieron los querubines sobre el ofertorio (Ex 25,18-21) y en el templo de Salomón (1 Re 6,23-29), los doce toros que sostenían el mar de bronce (1 Re 7,25) y los leones del trono de Salomón (1 Re 10,19s). En cuanto a la serpiente de bronce que hizo Moisés por orden divina (Nm 21,8s) que vino a ser objeto de culto supersticioso, fue destruida en la reforma de Ezequías (2 Re 18,4). La interpretación era rígida en la época del NT en la que se consideraba prohibida toda figura de ser viviente (no se soportaba la esfinge de Tiberio en los estandartes ni dejaron a Herodes el Grande hacerse una estatua en su reino) sin embargo en el s. II-III encontramos bellísimas  pinturas de hechos y personajes bíblicos en las sinagogas de Dura Europos, Bet-Alfa y otras.

En el v.5 se formula un último aspecto: no te postraras ante ellas ni les darás culto. Conviene advertir que el binomio postrase-dar culto aparece siempre en relación a las divinidades extranjeras y cultos prohibidos pero no en relación a las esculturas-imágenes. De lo cual se deduce que el v.4 pese a las apariencias se refiere a los otros dioses del v.3 (más que a los esculturas o imagen del v. 4) y esto confirma que continuamos dentro del tema de un único mandamiento, especificado de tres  manera diversas. Estas tres formulaciones reaparecen unidas al comienzo de CA (Ex 20,3); al comienzo de DR (Ex 34,14.17); en el CS (Lev 19,4); al comienzo de MS (Dt 27,15).

Los comentarios que hace la propia Biblia al primer mandamientos son:

  1. Dt 5-11:

    1. 6,14 No vayáis detrás de otros dioses, de los dioses de los pueblos que tendréis a vuestro alrededor

    2. 6,5 Amarás a Yahvé tu Dios con todo tu corazón, con toda tu alma y con todas tus fuerzas (Cf. Dt 5,10; 7,9; 10,12; 11,1.13.22; 13,4; 19,9) que es citado en el NT como el mandamiento más grande (Mt 22,36s; Mc 12,28s; Lc 10,25s).

    3. Estas dos formulaciones se encuentran en los tratados de alianza, en los que el soberano se dirige al vasallo, exigiendo que éste le siga, le ame a él y no a otros.

  2. Otra formulación es la que se expresa con las palabras: Teme a tu Dios (que es el tema dominante de todo el cap. 5 del Dt); al tema del temor está vinculada la observancia de los mandamientos (Dt 6,2.24).

  3. Contra la tentación del aburguesamiento, a raíz de la conquista de la conquista de la tierra prometida y ante la tentación de atribuir a sus propias fuerzas la prosperidad alcanzada se formula así el primer mandamiento: No te olvides de Yahvé, tu Dios que se desarrolla en Dt 8 (especialmente en vv. 11.14.19).

  4. Existe una última tentación, más sutil: la observancia de los mandamientos, unida a la persuasión de la propia justicia-santidad ante Dios. Es la «santidad» de los fariseos, contra la que se pone en guardia el NT. Es la imposible justificación por la obras de la ley ante la que pone en guardia san Pablo en Gal y Rom. Contra esta tentación Dt 9 desarrolla el concepto de la gratuidad del don divino tanto de la alianza como de la tierra prometida: 9, 4 No digas en tu corazón, cuando Yahvé tu Dios los arroje de delante de ti: «Por mis méritos me ha hecho Yahvé entrar en posesión de esta tierra»5 No por tus méritos ni por la rectitud de tu corazón llegarás a tomar posesión de su tierra, sino que sólo por la perversidad de estas naciones las desaloja Yahvé tu Dios delante de ti; y también por cumplir la palabra que juró a tus padres, Abrahán, Isaac y Jacob.

Resumiendo: La interpretación que da el Deuteronomio al primer mandamiento nos pone en claro una vez más que el legalismo en realidad no existe en la economía del AT, porque la Ley está dentro del contexto de la Alianza, que supone en primer lugar una fe en la obra salvífica de Dios, una aceptación de su elección libre y gratuita, una relación personal con Dios, que se expresa mediante la palabra Amor y que no olvida la propia indignidad.

La sanción (vv: 5b-6)

Desde el punto de vista formal me parece que las expresiones de amenaza y de promesa que concluyen el primer mandamiento corresponden a las bendiciones y maldiciones que formaban parte del formulario de alianza. En efecto, esto mismo se repite al final de CD (Dt 28) y de CS (Lv 26).

Dios se define a sí mismo con el término ‘El qanna, Dios celoso, en cuanto que no puede tolerar rivales; y como esos rivales en realidad no existen, el celo se vuelve sólo contra los suyos que le abandonan. En Dt 32,21 se dice: 32,21 Me han encelado con lo que no es Dios, me han irritado con sus vanos ídolos; pues yo también voy a encelarles con el que no es pueblo, con una nación fatua los irritaré.

El castigo en los hijos y en los nietos por la maldad de los padres es un rasgo característico de la solidaridad familiar y tribal. En aquellas sociedades nadie estaba aislado de su grupo y sobre el grupo recaía los errores y los éxitos de sus jefes y de sus predecesores. La alianza se contraía con todo un pueblo: si un pueblo es castigado, pagarán las consecuencias no sólo los culpables sino también todos aquellos que sean responsables de algún modo de esos culpables. De todas formas esto se fue mitigando con el tiempo en Dt 24,16 se prohíbe condenar a los padres por culpa de los hijos y viceversa y en Ez 18 se enseña la responsabilidad personal en un mundo pagano.

Pero lo más importante es no perder de vista que la justicia de Dios que castiga es presentada como enormemente superada por la bondad. Este Dios celoso es bastante más propenso a premiar que a castigar: si el castigo dura tres generaciones su favor dura mil.

El derecho penal y transgresiones específicas

Al ser la fidelidad a Dios un compromiso comunitario del que dependía la existencia misma de la comunidad nacional, aparte el imperativo divino y las sanciones cuya aplicación se reservaba a Dios mismo, se establecieron otras normas sobre la autoridad de Dios, para aclarar mejor lo que se oponía al culto del único Dios y se determinaron castigos gravísimos contra aquellos que al violar el mandato divino también atentaban contra la constitución misma de la comunidad nacional. Así :

  1. exigían la pena de muerte: la apostasía y el acto de culto a otros dioses (CA: Ex 22,19) implicaba lapidación (Dt 17,2-7) para los individuos y el terrible herem (la destrucción total como acto religioso) si se trata de una ciudad que había caído en apostasía.

  2. Una ley especial prohibía los sacrificios humanos (CD: Dt 18,10; CS: Lv 18,21 en honor de Molok) bajo pena de lapidación (CS: Lv 20,2-5).

  3. La práctica de la magia implicaba también pena de muerte (CA: Ex 22,17), e incluía la adivinación, la nigromancia y los encantamientos (CD: Dt 18,10-11; CS: Lv 19,26.31; 20,6.27).

  4. Estaban prohibidos por una ley especial:

    1. los objetos simbólicos de culto cananeo (estelas –maseba– y palos sagrados –asera-) en CD: Dt 16,21s; CS: Lv 26,1.

    2. Algunas señales de luto, incisiones y rasuras, por su carácter supersticioso (CD: Dt 13,1s; CS Lv 19,28)

    3. El cocimiento del cabrito en la leche de su madre (CA: Ex 23,19; RD: Ex 34,26; CD: Dt 14,21d)

MANDAMIENTOS PARTICULARES (29,7-17; cf. Dt 5,11-21)

Los mandamientos particulares son nueve:

El segundo mandamiento (Ex 20,7; Dt 5,11)

Este mandamiento dice: No pronunciarás el nombre de Yahvé, tu Dios, en falso. La expresión en falso (lassaw‘) tiene dos sentidos:

  1. lassaw‘ es como decir en vano: usarlo para la vanidad, es decir, para un fin que es el saw‘:el vacío, la nada, en relación con algo que solo tiene apariencia de realidad. En este primer sentido se prohíbe el uso del nombre con una finalidad mágica, según la mentalidad antigua el conocimiento del nombre de una persona daba cierto poder sobre ella y el hecho de pronunciar un nombre secreto de Dios ponía la fuerza divina en dependencia de quien utilizaba ese nombre.

  2. De lo anterior deriva el segundo sentido: en falso, es decir del contraste entre lo que la cosa parece y lo que es en realidad. En este sentido se prohíbe el juramento falso, es decir, el aducir el nombre divino para confirmar una mentira. Incluye la blasfemia (naqab), insultar (qabab) y maldecir (quillel) el nombre de Dios como una enormidad que está castigada con la lapidación (CS: Lv 24,14s). Una interpretación demasiado amplia del termino en vano condujo en el judaísmo tardío al escrúpulo de evitar pronunciar siquiera el nombre de Dios para evitar cualquier ligereza al respecto.

El tercer mandamiento (Ex 20,8-11; Dt 5,12-15)

Se trata de observar el sábado; esto supone una división del tiempo en una serie de semanas en las que el séptimo día hay que descansar, es decir, ponerlo a parte como día del Señor, día sagrado. El modo de observar el sábado es fundamentalmente no trabajar. La motivación que se da en Ex 20,11 alude (Gn 2,1s) es que Dios descansó ese día, y ese día se ha de honrar a Dios en su descanso al terminar la creación. Pero esto quiere decir también que el trabajo de los seis días también honra a Dios en cuanto que debe ser una imitación de su actividad creadora. La motivación de Dt 5,14c-15 es de carácter humanitario y al ligarla a la historia de la salvación que ha hecho del israelita un hombre libre y por eso el israelita no debe dejarse esclavizar plenamente por su trabajo: de modo que puedan descansar, como tú, tu siervo y tu sierva. 15 Recuerda que fuiste esclavo en el país de Egipto y que Yahvé tu Dios te sacó de allí con mano fuerte y tenso brazo; por eso Yahvé tu Dios te manda guardar el día del sábado.

Se establece la pena de muerte (Ex 31,13-17) por lapidación (Nm 15,32.36) a los violadores del sábado.

Cierta relación con el sábado tiene el año sabático del que se habla en CA (Ex 23,10s) y en el CS (Lv 21,1-7). Consistía en abandonar algunos productos espontáneos del campo para satisfacer las necesidades de los pobres. Esta ley es distinta a la del año de remisión de Dios (Dt 15,1-11), que exigía cada siete años la condonación de las prendas personales y también la liberación de los esclavos israelitas según Ex 21,2s.

El origen de la palabra sabbat (sábado) es probable que esté emparentada con la raíz que significa el numero siete (seba‘) con la desinencia -t del femenino saba’at, en el sentido de séptimo día, y que habría venido a ser sabbat. No se sabe de donde proviene el ciclo de los siete días. Para algunos sabbatôn es la forma dual del babilónico sappatu, el día de la luna llena, 2 semanas después del novilunio. Por tanto la fiesta sería de origen quenita y vinculada a las fases lunares.

Respecto a la obligación moral del sábado Santo Tomás (2-2 q.122 a.4 ad 1) advierte que se trata de un precepto moral permanentemente válido en cuanto que manda dedicar a Dios algún tiempo de nuestra vida; pero se trata de un precepto ceremonial (es decir que tiene un sentido literal y un sentido figurativo) en cuanto a la determinación del tiempo y del modo de su celebración.

El cuarto mandamiento (Ex 20,12; Dt 5,16)

El honor (kabbet = considerar honrados, autorizados, reconocerlos) debido a los padres, se refiere al padre y a la madre conjuntamente, cosa de debería bastar para dar de lado el tópico según el cual la mujer no contaba en la sociedad israelita. El respeto a los padres y el reconocimiento de su autoridad en el seno de la familia era uno de los quicios de la vida social.

No se dirige solamente a los niños pequeños sino principalmente a los hombres maduros ante la tentación de desentenderse de su padre viejos e inútiles.

Actualmente de extiende el contenido del cuarto mandamiento también a las autoridades (CA: Ex 22,27; CS: Lv 19,32). Se insinúa en ellos que el respeto a las autoridades, como el que se debe a los padres es un aspecto de o un reflejo del obsequio que se presta a Dios.

El quinto mandamiento (Ex 20,13; Dt 5,17)

Lo’ tirsah, (del verbo rasah) propiamente debe traducirse como no cometer homicidio. Para diferenciarlo el hebreo usa hemît, hizo morir, (forma hifil de mût) en el sentido de aplicar la ley de pena de muerte, o el verbo harag para significar la muerte causada en el campo de batalla. Por tanto se trata de un causar la muerte por odio, para robar o por un estallido de ira. La muerte por venganza estaba incluida en el caso de la ley del talión vida por vida (CA: Ex 21,23; CD: Dt 19,21; CS: Lv 24,20).

El homicidio secreto, que escapa al castigo del vengador o de la ley, se pone bajo la pesadilla de una maldición en las MS: Dt 27,24. La ley castiga el homicidio con la muerte, aunque distingue el homicidio involuntario para el que vale el derecho de asilo, que es precisamente una limitación que se pone al derecho de venganza (CA: Ex 21,12ss). Para ello el CD (Dt 19,1-13) establece las ciudades refugio (enumeradas en Nm 35,9-34). El homicidio culposo, concretado en le caso del toro que cornea a alguien (CA: Ex 21,28-32), aunque está vigente la pena de muerte es lícito permutarla por una indemnización que era lo normal cuando la víctima era un esclavo; pero la obligación de matar al toro demostraba el horror que implicaba la muerte se un hombre y que matar a un esclavo se consideraba plenamente como homicidio (Ex 21,20).

Bajo este mandamiento ponemos también la legislación que prohíbe las lesiones corporales y las castiga con la ley del talión (CA: Ex 21,24s; CS: Lv 24,19s; CD: Dt 19,21). Esta prevista la permuta con una indemnización. Es curioso ver como el rapto de un ser humano libre se incluye entre entre las ofensas a la integridad personal y se castiga con la muerte (CA: Ex 21,16; CD: Dt 24,7).

La limitación de los azotes a 40 golpes tiende al respeto de la integridad corporal (Dt 25,2s); Se manda amar al prójimo (CS: Lv 19,17s) pero conviene aclarar que prójimo (que aparece también en el octavo, noveno y décimo mandamientos) según su etimología (rea: amigo; ‘ah: hermano) tiene un sentido restringido y se refiere al compatriota o al extranjero pero que estaba bajo la tutela de la hospitalidad (ger: peregrino). La novedad del evangelio es extender este mandamiento a todo ser humano necesitado e incluso al enemigo personal.

El sexto mandamiento (Ex 20,14; Dt 5,18)

Se considera el adulterio como un atentado a la estabilidad familiar y a la dignidad de la actividad sexual. La pena de muerte que le era aneja se aplicaba a la mujer y a su cómplice. Si la mujer no consintió no es condenada (CD: Dt 22,23-27). Al ser lícita la poligamia no se veía mal que el varón se uniera a una mujer libre mientras que si estaba casada o tenía esponsales si era adulterio. Relación de abusos sexuales:

  1. La seducción de una virgen: el culpable debe casarse con la víctima, perdiendo el derecho a repudiarla, o bien una indemnización (CA: Ex 22,15s; CD: Dt 22,28s).

  2. La prostitución (CD: Dt 23,18s; CS: Lv 19,29); la hija de un sacerdote que se prostituyera era condenada al fuego (CS: Lv 21,9).

  3. El incesto; la lista completa de uniones prohibidas se da en CS: Lv 18,6-18. En general se aplica la pena de muerte aunque en algún caso se deja a la justicia divina (Lv 20,19s).

  4. La sodomía (CS: Lv 18,22 y se castiga con la muerte en Lv 20,13).

  5. La bestialidad, que tal vez estuviera de actualidad entre los pastores o fuera un rito mágico entre los vecinos, se prohíbe repetidamente con la correspondiente pena de muerte (CA: Ex 22,19; CS: Lv 18,23; 20,15s) o con maldición para los casos secretos (MS: Dt 27,21).

  6. La polución como causa de impureza legal por incapacitar a los actos de culto (Lv 15,2-15 y 16s) y es incompatible con la guerra santa.

  7. La tutela sobre la integridad física; el que se haya hecho impotente no puede entrar en la comunidad de Israel (CD: Dt 23,2; se quita para la época mesiánica en Is 56,3s). Se trata de un gran respeto a las fuentes de la vida (por ejemplo contra la castración de los animales en Lv 22,24s). En este contexto entra la ley del CD: Dt 25,11s (análoga al código asirio) que castiga con la mutilación de la mano el atentado contra estos órganos, dolorosamente vulnerables, con finalidad de defensa en una pelea.

  8. La regulación del repudio (CD: Dt 24,1-6) .

  9. Las normas rituales que tendían a tutelar el pudor o decencia de los ministros en los actos del culto (CA: Ex 20,26; 29,42s)

El séptimo mandamiento (Ex 20,15; Dt 5,19)

La prohibición del hurto está en CS: Lv 19,11; la casuística de la restitución está en CA: Ex 21,37-22,3. Algunos casos se enumeran a continuación:

  1. CA: Ex 21,33-36; 22,1-14 expone el daño inferido a cosas sin robarlas; si hay culpa se restituye el doble y sino basta una indemnización o la absolución completa por inocencia.
  2. Los animales extraviados deben ser restituidos (CA: Ex 23,4; CD: Dt 22,1s).
  3. Está tutelada la inviolabilidad de los linderos (MS: Dt 27,17; CD: Dt 19,14).
  4. Está prohibido el préstamo con interés (CA: Ex 22,25; CD: Dt 23,19s; CS: Lv 25,35s).
  5. Está prescrita la exactitud de los pesos y medidas (CD: Dt 25,13-16; CS: Lv 19,35s)
  6. Se prescribe con severas frases el justo y pronto salario a los braceros (CD: Dt 24,14s; CS: Lv 19,13).
  7. Está mandada la pronta restitución del vestido del pobre tomado como préstamo o prenda (CA: Ex 22,25s; CD: Dt 24,10-13.17).
  8. Se impone, en general, la justicia para con los débiles…

El octavo mandamiento (Ex 2,16; Dt 5,20)

  1. Se prohíbe el testimonio falso o vano en el juicio (Ex 20,16; Dt 5,20).
  2. La difamación y la calumnia porque dañan gravemente al prójimo.
  3. Se establece la necesidad del testimonio de dos o tres para aceptarlo (CD: Dt 19,15-20).
  4. Se establece la obligación de los jueces a no dejarse corromper ni desviar por falsos juicios (CA: Ex 23,6s; CD: Dt 16,19s; MS: Dt 27,19.25)

El noveno y décimo mandamiento (Ex 20,17; Dt 5,21)

Corresponden respectivamente al sexto y séptimo mandamientos, al prohibir los actos internos respecto de los actos externos de los otros dos mandamientos. De esta manera el decálogo ponía los fundamentos de la conciencia moral evangélica que no sólo se preocupa de los actos externos, sino que desciende hasta las raíces del mal, para descubrirlas y cortarlas (Cf. Mt 5,22.28).

Autor: P. Enrico Galbiatti (Italia, 1914 – 2004) Tomo II/1 de la INTRODUZIONE ALLA BIBBIA. Cfr. “Introducción a la Biblia”, editorial Mensajero, de Bilbao.

8 comentarios sobre “El Decálogo (Ex 20,1-17)

  1. Estimado Rafael,
    ¿no se te ha ocurrido que si ‘posteas’ el extracto de una obra ya publicada debes aclarar que no eres el autor?
    El pobre P. Enrico Galbiatti (Italia, 1914 – 2004) se tomó el trabajo de pelarse las pestañas estudiando, y luego publicó el resultado de sus estudios en el tomo II/1 de la INTRODUZIONE ALLA BIBBIA.
    Tú, yo, y muchos más, la hemos conocido como la “Introducción a la Biblia” publicada por la editorial Mensajero, de Bilbao. Entonces, llegas tú le “robas” la autoría de lo publicado en las páginas 456-47 apareciendo como quien se tomó todo el trabajo. ¡No seas malo! ¡Concédele el crédito, por favor!

  2. Los 10 mandamientos que dios entrego dios a moises en el sinai, es una forma de legislacion que tiene como objetivo santificar al pueblo israelita y conducirlo a la salvacion; si la humanidad cumpliera este decalogo, seriamos una sociedad feliz y alegre, sin guerras y sin hambre.

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